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Teorías e instituciones penales: Los “sistemas de represión” según Foucault

Entre 1970 y su muerte en 1984 (con la excepción de un año sabático en 1977), Michel Foucault pronunció una serie anual de conferencias en el Collège de France. Usando grabaciones en cintas, así como las notas de Foucault y las de otros, desde 1997 las conferencias han sido publicadas en francés (y traducidas al castellano).

 

Por: J.M. Moore

Artículo aparecido en la revista “The British Journal of Criminology” 62 (2022)

Traducción: Patricio Tapia

 

Entre 1970 y su muerte en 1984 (con la excepción de un año sabático en 1977), Michel Foucault pronunció una serie anual de conferencias en el Collège de France. Usando grabaciones en cintas, así como las notas de Foucault y las de otros, desde 1997 las conferencias han sido publicadas en francés (y traducidas al castellano). La segunda serie de conferencias, Teorías e instituciones penales, impartida entre noviembre de 1971 y marzo de 1972, es el último conjunto de ellas que se publicará. No es sorprendente que éstas hayan sido publicadas en último lugar. No hubo grabaciones de las conferencias y el editor, Bernard Harcourt, las ha recreado a partir de las notas de Foucault. Se han incluido las anotaciones originales del autor, con pasajes tachados que son detallados en las notas al pie. Estas notas al pie se complementan con extensas notas al final que brindan el contexto y las vinculaciones con la erudición más amplia y el activismo social de Foucault. Si bien sospecho que algunos lectores encontrarán este formato frustrante, a mí me pareció una lectura fascinante, aunque a veces inconexa. Para complementar las conferencias de Foucault, el libro también incluye cuatro contribuciones complementarias: una conferencia de 1972 impartida por Foucault en Minnesota titulada “Ceremonia, teatro y política en el siglo XVII”; un ensayo de François Ewald y Bernard Harcourt que coloca las conferencias en contexto; una carta de Étienne Balibar al editor con sus observaciones sobre las conferencias; y un ensayo de Claude-Oliver Doron titulado “Foucault y los historiadores. El debate sobre los ‘levantaminetos populares’”. En conjunto, proporcionan información valiosa para las conferencias. Leí el libro de principio a fin, sin embargo, al reflexionar sobre estas contribuciones, ubicadas al final del libro, ellas podrían haber sido leídas de manera más provechosa al principio.

A pesar de que la serie de conferencias recibió el título de Teorías e instituciones penales, Foucault afirma al comienzo de la primera conferencia que no se centrará en teorías ni instituciones sino en “sistemas de represión”. Para Foucault, enfocarse en teorías e instituciones resultaba en problemas planteados “en términos de moral (bien/mal)... en términos sociológicos (desviación, integración)... en términos psicológicos (delincuencia...)”, enfoques todos que fallan en identificar la función central, la política, del sistema penal. Por lo tanto, estas conferencias deben leerse como el comienzo del desarrollo de Foucault de una teoría política del derecho penal, un proyecto que se desarrolló aún más en sus conferencias de 1972-1973, La sociedad punitiva, las conferencias que pronunció en Río de Janeiro en 1973 y en su libro, más familiar para los criminólogos, Vigilar y castigar, publicado en 1975. Mientras que en Vigilar y castigar, Foucault se centra en la transformación del castigo en el período comprendido entre la ejecución de Damiens en 1757 y la apertura, en 1838, de la Casa para jóvenes delincuentes de Léon Faucher, en Teorías e instituciones penales, se ocupa de los primeros períodos. Los primeros siete capítulos se centran en la respuesta a los levantamientos de los nu-pieds (pies descalzos) de 1639, los capítulos 8 a 12 sobre el surgimiento del estado medieval y sus prácticas penales, y el último capítulo conclusivo vincula estas conferencias con las del año anterior y con el ya establecido interés de Foucault en el surgimiento de las ciencias humanas.

Aunque las conferencias fueron históricas en su contenido, su relevancia contemporánea queda clara desde el principio. La primera conferencia comienza así: “Ninguna introducción. ¿La razón de ser de este curso? Basta con abrir los ojos”. Su sentido habría sido claro para su público. Foucault se refería a la reacción en marcha del Estado francés respecto de mayo de 1968, una respuesta que habría requerido que los asistentes atravesaran una serie de cordones policiales para acceder a las conferencias. El propio Foucault fue un participante de alto perfil en una serie de campañas contra la represión estatal, sobre todo como fundador del Groupe d'information sur les prisons (GIP). Para Foucault, entender la represión estatal, tanto históricamente como en ese momento, requería ver el derecho penal como una estrategia desplegada en una lucha social.

Los primeros siete capítulos se centran en el período moderno temprano y, en particular, el levantamiento de los nu-pieds o pies descalzos en Normandía, su represión inmediata y los nuevos sistemas estatales de represión que surgieron en respuesta. Al seleccionar la revuelta de los nu-pieds, Foucault argumenta que su importancia radica en su naturaleza revolucionaria. A diferencia de los levantamientos anteriores, que habían protestado contra las autoridades, los nu-pieds amenazaron con revolucionar las relaciones sociales e introducir una nueva legalidad. Esto, junto con la renuencia de la nobleza y la burguesía locales a suprimirla, requirió una respuesta militar del Estado central. Aunque esto parece ser una reafirmación de la autoridad del monarca, para Foucault fue “el primer gran despliegue de las ‘armas’ del Estado con independencia de la persona del rey”, una innovación que resultó en “el ‘triunfo’ del Estado”. Frente a la falta de confianza de la nobleza y la burguesía y los problemas logísticos y de costes de depender del ejército, Foucault argumenta que “el Estado creó dos instituciones: - Una policía: centralizada… y local… - (y una) institución aún más novedosa, el encierro o la deportación, es decir, la sustracción de una franja de población” (énfasis en el original). Este nuevo sistema tiene como objetivo central la represión de la sedición, algo que requirió la invención de los conceptos de “enemigo interior” o “enemigo social”. Las revueltas populares juegan un papel crucial en el desarrollo del Estado, en particular, la respuesta a los nu-pieds representa el punto donde “una forma administrativa releva la forma jurídico-militar del poder estatal”.

En la octava conferencia, el enfoque de Foucault retrocede en el tiempo desde el siglo XVII hasta finales del siglo XII y principios del XIII para explorar el movimiento que se aleja de la ordalía a la indagación dentro de la práctica judicial. El recuento de Foucault de esta transición es parcial y problemática. Al describir las ordalías, su análisis se basa casi exclusivamente en la resolución de disputas entre actores de élite. Si bien es plausible concluir que: “La justicia no se impone. La constituye la voluntad de los individuos en litigio”, en casos determinados por juicio por combate, esto difícilmente es el caso en las pruebas mucho más comunes impuestas a actores que no son de élite, tales como el agua fría o hierros ardientes. Al enfocarse solamente en las intervenciones penales del Estado, se minimiza la importancia tanto de la iglesia como del hogar. Ambos eran fundamentales para el control social y la aplicación del castigo. Entonces, cuando Foucault observa que “al margen de la traición (política) y la transgresión (sexual), no hay más que litigios”, está en lo correcto al identificar el papel limitado del Estado. Sin embargo, la gran mayoría de la población estaba sujeta a castigos privados rutinarios, y a menudo brutales, por parte de sus esposos, padres, empleadores, terratenientes y otras personas en posiciones de poder. El Estado medieval vio una expansión significativa de la justicia pública, pero como ha argumentado Thorsten Sellin en Slavery and the Penal System (1976), esto fue en gran medida una transferencia de prácticas (y castigos) existentes de la esfera doméstica a la pública.

En una nota a pie de página que a menudo se pasa por alto en el capítulo inicial de Vigilar y castigar, Foucault afirma: “Estudiaré el nacimiento de la prisión únicamente en el sistema penal francés”. Una advertencia similar se aplica a Teorías e instituciones penales. El valor de este libro radica en las innovaciones metodológicas más que en la historia detallada. En particular, el vínculo que realiza Foucault entre la historia de las prácticas penales tanto con el campo económico como con el proceso de formación del Estado puede aplicarse de manera productiva a través del tiempo y el lugar. En su descripción de la Francia del siglo XVII, me llamó la atención el potencial de transferir el esquema de Foucault al desarrollo del derecho estatal y penal en Inglaterra y Gales un siglo antes, durante el período Tudor. El argumento de que el sistema moderno de práctica penal “tiene una función social ‘antisediciosa’” es claramente útil, particularmente al estudiar los sistemas penales coloniales desarrollados por los imperios europeos. Sin embargo, para comprender cómo se desarrolló el sistema penal contemporáneo, debemos evitar explicaciones reduccionistas puramente económicas. Por ejemplo, fue más de 200 años después del “nacimiento de la policía francesa” de Foucault que Gran Bretaña, con un sistema económico capitalista más avanzado, iba a desarrollar su propia policía nacional (pero controlada localmente). Esto no refuta la tesis central de Foucault de la naturaleza inherentemente política del derecho penal, sino que sugiere que, en la práctica, el poder puede ejercerse de múltiples maneras y que la forma que adopta el sistema penal no está predeterminada únicamente por la estructura social, sino que surge de luchas y adaptaciones específicas localizadas. La publicación de Vigilar y castigar tuvo un profundo impacto en la criminología y la publicación de estas conferencias previas debe ser bienvenida, ya que proporcionarán un recurso invaluable para profundizar nuestra apreciación de las teorías de la práctica penal de Foucault y proporcionarán valiosas herramientas para explorar más a fondo el desarrollo histórico de las teorías e instituciones penales y, sobre todo, sus prácticas.

  

Teorías e instituciones penales. Curso en el Collège de France (1971-1972) de Michel Foucault, se encuentra disponible aquí.

ISBN: 9789877192025
N° Edición: 1
N° páginas: 392
Año: 2021
Tamaño en cms.: 16 x 23
Tipo de edición: Rústica
Editorial: Fondo de Cultura Económica

 

 

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